Proyecto estratégico a nivel europeo, con la participación de varios países, que mejorará la investigación y el desarrollo de capacidades industriales sanitarias en Europa.
Convocatorias
Ficha resumen de la ayuda
Financiación a las empresas españolas participantes en el IPCEI Med4Cure.
Las empresas recogidas en la Decisión C(2024) 3629 final.
a) Sylentis, SAU, como participante directo en el IPCEI Med4Cure.
b) Laboratorio Reig Jofre, SA; Laboratorios Farmacéuticos Rovi, SA.; Medichem, SA.; Minoryx Therapeutics, SL, y Oryzon Genomics, SA, como participantes asociados en el IPCEI Med4Cure, según el anexo I de la decisión.
Convocatoria de asignación directa a proyectos de I+D y primer despliegue industrial para el participante directo y de proyectos de I+D para los participantes asociados.
La convocatoria estará abierta del 17 de diciembre de 2024 al 23 de enero de 2025, hasta las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
Abierta.
Las ayudas se otorgarán en régimen de concesión directa.
110.000.000 euros.
Subvenciones.
El participante directo tiene una intensidad de ayuda del 100% hasta 21,1 millones de euros.
La intensidad de los participantes asociados será la correspondiente para un proyecto de I+D de acuerdo con el RGEC.
La duración de los proyectos será hasta el 31 de agosto de 2026, sin posibilidad de prórrogas.
Financiación a cargo de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Es incompatible con otros fondos.
Sí, una vez concedida la ayuda.
Las actividades subvencionables del participante directo serán las incluidas en la documentación aportada en la notificación de la ayuda a la Comisión Europea (Project portfolio y Funding gap) y autorizadas en la Decisión C(2024) 3629 final.
En el caso de los participantes asociados incluirán estudios de viabilidad y actividades de I+D de acuerdo con la propuesta presentada.
Ver convocatoria.
La fecha de inicio de las actividades deberá ser posterior al 1 de enero de 2023.
En el caso del participante directo en el IPCEI, la ayuda concedida podrá acumularse con otras ayudas siempre que el importe total de la financiación pública concedida en relación con los mismos costes subvencionables no supere la cantidad autorizada en la Decisión C(2024) 3629 final.
En el caso de los participantes asociados en el IPCEI, las ayudas concedidas al amparo de la presente orden serán incompatibles con cualquier otra ayuda, previa o posterior a la concedida, cuyo objeto tenga la misma finalidad.
En cualquier caso, las entidades beneficiarias quedan obligadas a informar sobre la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, una vez tengan conocimiento de su obtención.
Decisión C(2024) 3629 final, de 24 de mayo de 2024, de la Comisión Europea para el participante directo.
Reglamento (UE) núm. 651/2014 para los participantes asociados.
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de desarrollo por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Cuantas normas vigentes resulten de aplicación.
Orden de bases
Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Salud (Med4Cure) y se procede a la convocatoria de las ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Documentación convocatorias
Capítulo III: Convocatoria de ayudas para el IPCEI Med4Cure.
Capítulo III: Convocatoria de ayudas para el IPCEI Med4Cure.
Tramitación de convocatorias
Fecha de publicación: 7 de febrero de 2025.
Al amparo de lo previsto en la Orden CNU/1418/2024, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Salud (Med4Cure) y se procede a la convocatoria de las ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente y de la documentación aportada, el órgano instructor ha formulado el requerimiento de subsanación de errores disponible en esta página web.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento para subsanar las deficiencias detectadas, debiendo aportar la documentación solicitada a través de la sede electrónica.