Ayudas a proyectos de inversión en acuicultura y proyectos de inversión en actividades de transformación de los productos de la pesca y la acuicultura.
El FEMPA (Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura) es el fondo de la UE que está activo entre 2021 y 2027, con el fin de respaldar la Política Pesquera Común de la UE, la Política Marítima de la UE y la Agenda de la UE para la Gobernanza Internacional de los Océanos.
El FEMPA incluye cuatro prioridades:
- Prioridad 1: fomentar una pesca sostenible y la recuperación y conservación de los recursos biológicos acuáticos.
- Prioridad 2: fomentar actividades de acuicultura sostenibles y la transformación y comercialización sostenibles de los productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo de esta forma a la seguridad alimentaria de la Unión.
- Prioridad 3: hacer posible una economía azul sostenible en zonas costeras, isleñas y de interior y fomentar el desarrollo de comunidades pesqueras y acuícolas.
- Prioridad 4: reforzar la gobernanza internacional de los océanos y hacer posible que los mares y los océanos sean seguros, estén limpios y se gestionen de manera sostenible.
Ficha resumen de la ayuda
Proyectos de inversión en actividades de transformación y comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura.
Se podrán conceder ayudas bajo esta tipología a proyectos de inversiones productivas en acuicultura, así como a proyectos de inversiones en comercialización y transformación de los productos de la pesca y de la acuicultura.
Empresas válidamente constituidas, con personalidad jurídica propia, domicilio fiscal en España, y que desarrollen el proyecto de inversión en España.
Convocatoria continua.
La presentación de solicitudes se podrá realizar de forma continuada, en el ámbito de la convocatoria permanentemente abierta, hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
Abierta todo el año.
Ayuda Parcialmente Reembolsable.
Cobertura de hasta el 85% del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración del CDTI.
La empresa deberá aportar al menos una contribución financiera mínima que cubra el porcentaje de inversión no financiado a través de la ayuda mediante recursos propios o financiación externa.
El tipo de interés aplicable es Euribor a un año, fijado a la fecha de aprobación de la ayuda, y se aplicará exclusivamente al tramo reembolsable.
Amortización en 10 años, con 1 año de carencia.
El tramo no reembolsable de la ayuda será del 33% (consultar ficha de detalle del instrumento).
Proyectos individuales, desarrollados por una única empresa.
El presupuesto mínimo financiable por proyecto es de 175.000 euros y el máximo asciende a 9.500.000 euros.
Duración: de 9 a 24 meses.
Los proyectos serán cofinanciados a través del FEMPA 2021-2027, siempre que cumplan los requisitos para ser financiables y exista disponibilidad de fondos.
No.
Se consideran inversiones y gastos elegibles:
- La adquisición de activos fijos nuevos necesarios para el desarrollo del proyecto.
- Costes de personal dedicado al proyecto.
- Costes de materiales fungibles y consumibles.
- Colaboraciones externas. Subcontrataciones.
- Costes indirectos (consultar ficha de detalle del instrumento).
- Costes de auditoría del proyecto, con un límite máximo de 2.000 euros.
Los criterios de selección son los siguientes:
- Generales
- Horizontales, ambientales y sociales
- Específicos de viabilidad técnica y económica
- Específicos del tipo de actividad
La ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda pública (directa o indirecta) destinada a la misma finalidad.
Consultar ficha de detalle del instrumento.
Ficha del instrumento
Contenido relacionado
- Exención y minoración de garantías