Ficha resumen de la ayuda

Actuación

Concesión directa de ayudas a los proyectos españoles que hayan obtenido el Sello de Excelencia en la primera convocatoria del Acelerador del Consejo Europeo de Innovación del programa Horizonte Europa.

Objetivo general de la actuación

Apoyo a proyectos de I+D y/o estudios de viabilidad, realizados por PYMES, que hayan obtenido un Sello de Excelencia en la convocatoria del instrumento Acelerador del EIC, al objeto de:

  • Permitir a las empresas beneficiarias la validación de su tecnología en entornos relevantes.
  • Afinar el modelo de negocio.
  • Afianzar la estructura de cara a un posterior escalado.
Beneficiarios

PYMES, que deberán:

  • Estar válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda a la presente convocatoria.
  • Tener residencia fiscal o establecimiento permanente en España.
  • Haber obtenido el Sello de Excelencia en la convocatoria del instrumento "Acelerador" del Consejo Europeo de Innovación incluida en el Programa de Trabajo del EIC para 2021. 

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las PYMES según la definición del Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014.

Para más información consultar la convocatoria.

Tipo de convocatoria

Concesión directa de ayudas

Plazo de presentación

Del 25 de noviembre al 23 de diciembre de 2021, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Estado de la convocatoria

Cerrada.

Tipo de la ayuda

Subvención. 

Presupuesto convocatoria

20.000.000 euros

Características de la ayuda

La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto y de la disponibilidad presupuestaria, respetando el límite de intensidad máxima del 70% de los costes subvencionables.

El importe máximo de la ayuda no excederá de 2,5 millones de euros por beneficiario y por proyecto de investigación y desarrollo o estudio de viabilidad.

Características del proyecto

Las actividades subvencionables del proyecto de I+D o estudio de viabilidad objeto de la ayuda serán las definidas como subvencionables en virtud de las normas del programa Horizonte Europa, excluidas las que vayan más allá del desarrollo experimental.

Las actividades subvencionables en la convocatoria del Acelerador son actividades de I+D (nivel TRL 5 a 8) y de despliegue (nivel TRL 9). Dado que estas últimas rebasan el alcance de la definición de desarrollo experimental, no serán objeto de financiación en la presente convocatoria.

Los proyectos subvencionables podrán tener una duración anual o plurianual. Podrán iniciarse desde el 1 de enero de 2022 y su fecha límite de finalización será el 31 de diciembre de 2025, incluyendo posibles prórrogas.

Financiación de la convocatoria

Esta convocatoria se encuentra incluida entre las actuaciones previstas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que recibirá la financiación de los fondos "Next Generation EU", entre ellos, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

No serán objeto de ayuda aquellas actuaciones que, directa o indirectamente, ocasionen un perjuicio significativo del medio ambiente (principio DNSH) o que estén dirigidas a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles. La obtención del Sello de Excelencia en la convocatoria del Acelerador del EIC ya garantiza el respeto de este principio, incluido entre los criterios de evaluación del programa.

Puede incluir fondos de terceros

La ayuda concedida en el marco de esta convocatoria es incompatible, durante su período de ejecución, con cualquier otra ayuda pública de ámbito europeo, estatal o autonómico con idénticos objetivos y finalidad.

Permite generar informes motivados

Si.

Objetivos específicos

Sólo podrán considerarse financiables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad a financiar y resulten estrictamente necesarios, en base a la descripción del proyecto aportada en la solicitud y en la memoria técnica del proyecto.

Se consideran costes subvencionables los siguientes:

  • Costes del equipamiento, instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
  • Costes de personal.
  • Costes de colaboraciones técnicas externas.
  • Otros gastos de explotación adicionales: costes de los viajes, costes de adquisición de activos inmateriales, costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual, costes de publicación y difusión de resultados, y gasto derivados del informe de auditor (con un límite máximo de 3.000 euros por anualidad).
  • Costes indirectos, calculados como un porcentaje fijo del 25% sobre los gastos directos del proyecto (excluidas las subcontrataciones técnicas).

El importe total del presupuesto financiable del proyecto no podrá superar el importe total del presupuesto en el proyecto presentado en la convocatoria del Acelerador del EIC. 

 

Gastos elegibles

El importe máximo de las actividades subcontratadas será del 80% del presupuesto total elegible.

Cuando el importe de la prestación de un servicio o entrega de un bien supere el importe de 15.000 euros, el beneficiario deberá solicitar un mínimo de tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.

Cuando la actividad concertada con terceros exceda del 20% del importe de la ayuda concedida y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontratación estará condicionada a que el contrato se celebre por escrito, sea enviado y autorizado por el órgano de concesión.

Efecto incentivador

Se considerará que las ayudas tienen efecto incentivador si, antes de comenzar la actividad, el beneficiario ha presentado la solicitud de ayuda a la convocatoria.

Acumulación e incompatibilidades de percepción de ayudas adicionales

Deialdi honen esparruan emandako laguntza bateraezina da, gauzatzen den bitartean, Europa, Estatu edo autonomia-erkidegoko mailako beste edozein laguntza publikorekin, helburu eta xede berberak badituzte.

Tramitación de convocatorias

  • Características singulares del Programa

    El presupuesto máximo de la convocatoria es de 30.000.000 euros.

    En caso de falta de disponibilidad presupuestaria para financiar todos los proyectos que hayan obtenido Sello de Excelencia y que cumplan las condiciones y características indicadas en la resolución, se aplicarán los siguientes criterios de priorización para determinar los proyectos financiables:

    • Presencia de mujeres en los órganos de administración de la empresa: se priorizarán las PYMES que cuenten en la posición de CEO, director ejecutivo y/o CTO o director técnico con una mujer.
    • Proyectos incluidos en los siguientes Retos del Acelerador del EIC, priorizados por los fondos Next Generation EU: i) Tecnologías para la Autonomía Estratégica Abierta y ii) Tecnologías para el "Objetivo 55".
    • Proyectos que hayan obtenido en 2020 un Sello de Excelencia de Horizonte 2020, priorizándose según la nota obtenida.
    • Entidades que hayan sido beneficiarias con anterioridad de una ayuda Neotec finalizada en CDTI.
    • Número de resultados "GO" en la evaluación de la propuesta corta por la Comisión Europea.