CDTI-Era-Net

Las empresas españolas cuyos proyectos han sido seleccionados en las Convocatorias Internacionales de las distintas ERA-NETs, superando favorablemente la fase internacional, se pueden financiar a nivel nacional mediante dos instrumentos del CDTI, E.P.E.

Las Convocatorias nacionales anuales de Subvenciones de adjudicación directa y sin concurrencia competitiva (SERA) financian, con cofinanciación de la Comisión Europea, los proyectos ERA-NET seleccionados en las Convocatorias Cofund.

Préstamos para proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea. 

Préstamos blandos con un tramo no reembolsable del 33% que financian los proyectos ERA-NET seleccionados en las Convocatorias Adicionales, sin cofinanciación de la Comisión Europea.

La modalidad de financiación disponible para los proyectos ERA-NET de las Convocatorias Adicionales sin Cofinanciación Europea, consistirá en una Ayuda Parcialmente Reembolsable, con una cobertura financiera de hasta el 75% del presupuesto total aprobado (préstamo) y un tramo no reembolsable de hasta el 33 % en función de la naturaleza del beneficiario y proyecto.

Con carácter excepcional, si no se superan los límites de intensidad de ayuda legales se podrán conceder hasta diez puntos porcentuales adicionales de financiación (hasta el 85% del presupuesto total aprobado), sin tramo no reembolsable asociado a estos diez puntos porcentuales extras. En cualquier caso, la ayuda concedida nunca será superior a la ayuda solicitada para el proyecto por la empresa.

Adicionalmente, el CDTI emitirá el informe motivado ex-ante para acceder a desgravaciones fiscales por I+D.

El tramo reembolsable tendrá un tipo de interés fijo igual a Euribor a un año, que se establecerá en el momento de la aprobación del proyecto.

El CDTI podrá realizar un análisis económico-financiero de la empresa para asegurar su solvencia, así como la adecuación del presupuesto presentado por la misma para el proyecto, y establecer las condiciones o garantías que resulten oportunas a efectos de financiación del mismo.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas en crisis, con arreglo a la definición establecida en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento General de Exención por Categorías, ni aquellas empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

Más información sobre las condiciones de financiación del CDTI en el siguiente enlace: Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea

A continuación se detallan las principales características de ambos instrumentos de financiación de proyectos:

Ficha resumen de la ayuda

Actuación

Ayudas destinadas a proyectos empresariales de carácter internacional europeo presentados por una única empresa española, dentro de un consorcio internacional. Dichos proyectos pueden comprender tanto actividades de investigación industrial como de desarrollo experimental.

Beneficiarios

Empresas españolas

Tipo de la ayuda
  • Para las pequeñas empresas, hasta el 60% del presupuesto financiable aprobado.
  • Para las medianas empresas, hasta el 50% del presupuesto financiable aprobado.
  • Para las grandes empresas, hasta el 40% del presupuesto financiable aprobado.
Presupuesto convocatoria

No hay presupuesto mínimo y máximo financiable. El presupuesto de la solicitud SERA tendrá que estar en concordancia con el proyecto aprobado en la fase internacional en cada ERA-NET.

Características de la ayuda

La duración de estos proyectos podrá ser de 12 a 36 meses.

Puede incluir fondos de terceros

Cofinanciación de la Comisión Europea dentro del Programa Marco H2020