Estas ayudas financian proyectos de I+D que hayan sido seleccionados en las convocatorias del programa internacional concertado "Programa Estratégico Corea España", formalizado a través del memorándum de entendimiento entre la Agencia "Korea Institute for Advancement of Technology" (KIAT) y CDTI.
Convocatorias
Ficha resumen de la ayuda
Procedimiento de concesión directa de ayudas para la convocatoria KSSP 2024.
Las ayudas objeto de este procedimiento financiarán proyectos de I+D previamente aprobados en la convocatoria internacional competitiva Korea Spain Strategic Programme (KSSP) 2024.
Empresas españolas que desarrollen los proyectos de I+D aprobados en la convocatoria de referencia, y que hayan recibido el certificado internacional (Approval Letter) correspondiente.
Concesión directa.
Comenzará el 4 de julio de 2024 y finalizará el 24 de julio de 2024, a las 12:00 horas (hora peninsular). Solicitud individual y por separado para cada beneficiario, cumplimentada y presentada obligatoriamente en la sede electrónica del CDTI.
Abierta.
Subvención.
5.000.000 euros.
La cuantía máxima de la ayuda se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de la disponibilidad presupuestaria, respetando los límites de intensidades máximas correspondientes.
· Las actividades objeto de ayuda serán las de investigación industrial y/o desarrollo experimental, según definición del Reglamento general de exención por categorías.
· Los proyectos financiables deberán de ser de tipo individual. Si en el proyecto internacional participase más de una entidad española que cumpla los requisitos para ser beneficiaria de esta ayuda, cada una de ellas presentará una solicitud de financiación individual y por separado.
· Los proyectos podrán ser de ejecución anual o plurianual, siempre que parte del proyecto se realice en el año 2024; en todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2024. La duración de los proyectos será de 36 meses como máximo.
La financiación de las ayudas que se concedan se llevará a cabo con cargo al patrimonio del CDTI.
No.
Sí.
Mejora de la competitividad de las empresas españolas a través de la innovación realizada en clave internacional, en los sectores de las energías renovables, hidrógeno y almacenamiento de energía.
· Costes del instrumental y material.
· Costes de personal.
· Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
· Costes de consultoría, con un límite de 8.000 euros por proyecto.
· Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales.
· Gastos de viajes, con un límite de 8.000 euros por proyecto.
· Gastos derivados del informe de auditor, con un límite de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.
· Costes indirectos: 20% sobre los costes directos totales.
El órgano instructor podrá realizar de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
Se considerará que las ayudas tienen un efecto incentivador si, antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, el beneficiario ha presentado por escrito una solicitud de ayuda.
· La percepción de las ayudas será compatible con la percepción de cualesquiera otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados nacionales, salvo que se superen las intensidades máximas de ayuda aplicables.
· La percepción de las ayudas será incompatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad procedente de fondos de la Unión Europea, en particular con las ayudas del Programa Marco de Investigación e Innovación (Horizonte 2020, periodo 2014-2020, y Horizonte Europa, periodo 2021-2027), de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos y Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
· El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
· Las empresas no pueden tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración y no pueden estar sometidas a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea.
· Las empresas no pueden estar en crisis.
· Solamente se considerarán presentadas aquellas solicitudes efectuadas dentro de plazo que incluyan tanto el formulario de solicitud como la memoria del proyecto, cuya ausencia o falta de contenido determinan la inadmisión de la solicitud.
· Toda la documentación que se aporte deberá presentarse en castellano.
Las ayudas a que se refiere esta resolución se regirán, además de por lo dispuesto en la misma y en la respectiva resolución de con concesión, por cuantas normas vigentes resulten de aplicación.
Adicionalmente, se regirán por el memorándum de entendimiento KIAT-CDTI.
Documentación convocatorias
Resolución de 4 de julio de 2024 de la Dirección General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E. (CDTI), de modificación de la Resolución de 10 de mayo de 2024 por la que se aprueba el procedimiento de concesión directa de ayudas del año 2024 a proyectos de investigación y desarrollo seleccionados en convocatorias competitivas internacionales, en el marco de las actuaciones de «Eurostars- Interempresas Internacional», «Proyectos de colaboración Internacional» y «Mejora de la posición competitiva de las empresas españolas en proyectos europeos e internacionales de I+D+i» en el marco de los programas de “Transferencia y Colaboración”, y del de “Internacionalización”, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027.
Tramitación de convocatorias
Fecha de publicación: 12 de septiembre de 2024
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 10 de mayo de la Dirección General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba el procedimiento de concesión directa de ayudas del año 2024, a proyectos de investigación y desarrollo seleccionados en convocatorias competitivas internacionales, en el marco de las actuaciones de «Mejora de la posición competitiva de las empresas españolas en proyectos europeos e internacionales de I+D+i» y en el marco de los programas de “Transferencia y Colaboración”, y del de “Internacionalización” del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente y de la documentación aportada, el órgano instructor ha formulado el requerimiento de subsanación de errores disponible en esta página web.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento para subsanar las deficiencias detectadas, debiendo aportar la documentación solicitada a través de la sede electrónica.
Fecha de publicación: 18 de octubre de 2024.
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 10 de Mayo de 2024 de la Dirección General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba el procedimiento de concesión directa de ayudas del año 2024 a proyectos de investigación y desarrollo seleccionados en convocatorias competitivas internacionales, en el marco de las actuaciones de «Mejora de la posición competitiva de las empresas españolas en proyectos europeos e internacionales de I+D+i», en el marco de los programas de “Transferencia y Colaboración”, y del de “Internacionalización”, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente, el órgano instructor ha formulado la propuesta de resolución provisional de los proyectos seleccionados en las convocatorias competitivas de las Asociaciones cofinanciadas del Pilar II disponible en esta página.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles para formular las alegaciones y/o para aceptar la subvención concedida y presentar la documentación requerida, todo ello a través de la sede electrónica.
Fecha de publicación: 13 de noviembre de 2024.
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 10 de Mayo de 2024 de la Dirección General del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba el procedimiento de concesión directa de ayudas del año 2024 a proyectos de investigación y desarrollo seleccionados en convocatorias competitivas internacionales, en el marco de las actuaciones de «Mejora de la posición competitiva de las empresas españolas en proyectos europeos e internacionales de I+D+i», en el marco de los programas de “Transferencia y Colaboración”, y del de “Internacionalización”, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
La notificación a los interesados de la resolución definitiva del procedimiento se realiza mediante la presente publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.