Los Proyectos Multi-país se enmarcan en el "Programa de Transferencia y Colaboración" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) (2024-2027). Concretamente se ubican en el "Subprograma para impulsar la Colaboración en y entre los Sectores Público y Privado" que contempla la financiación de proyectos de I+D+I en colaboración, tanto entre distintos agentes privados como con OPIs y universidades, cuya finalidad sea proponer soluciones a desafíos transversales y estratégicos para la sociedad.
Del mismo modo, la convocatoria "Multi-país" se encuadra el programa transversal sobre "Internacionalización" del PEICTI, que tiene como objetivo impulsar la financiación de proyectos de I+D de carácter internacional para potenciar la presencia de España en la I+D+I internacional, en particular su protagonismo en el Espacio Europeo de Investigación, facilitando la colaboración con socios extranjeros.
Adicionalmente, la Adenda del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye nuevas actuaciones en las inversiones del Componente 17 denominado "Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación", entre las que se encuentra, dentro de la Inversión 6 "Salud", el refuerzo e internacionalización de las capacidades industriales en el sector salud en el ámbito de proyectos de I+D multi-país vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia.
Ficha resumen de la ayuda
Apoyo a la participación española en proyectos de I+D vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia que se realicen en colaboración con entidades extranjeras.
Los proyectos deberán encuadrarse en el ámbito de la Salud de Vanguardia, entendida como la promoción y protección de la salud mediante el desarrollo e incorporación de productos, procedimientos innovadores y soluciones digitales que añaden valor en la prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación de los pacientes de forma personalizada.
Deberán responder al desarrollo de mayores capacidades y una autonomía estratégica, basada en:
- Fomentar el despliegue de grandes avances médicos en áreas terapéuticas que ayuden a reforzar la salud del mañana y mejorar la calidad asistencial de los pacientes.
- Reforzar la autonomía estratégica de la UE, en particular mediante el desarrollo de procesos de producción innovadores a lo largo de toda la cadena de valor.
- Contribuir a la construcción de un ecosistema industrial capaz de corresponder a las necesidades médicas no satisfechas y prepararse para las crisis sanitarias, con el objetivo de fortalecer la resiliencia en Europa.
- Mejora de la digitalización y robotización del sector salud, incluyendo diagnóstico y tratamiento, así como producción sostenible e innovadora.
Adicionalmente, para fortalecer las capacidades científicas y tecnológicas del sector de la Salud, también se considerarán objeto de la convocatoria aquellos proyectos cuyo objetivo implique atender una clara necesidad, tanto técnica como asistencial, en el ámbito del diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y monitorización de patologías de cualquier área terapéutica y cuyo contenido suponga un salto tecnológico significativo.
La parte española del proyecto de I+D de cooperación tecnológica internacional debe realizarse de forma individual por una única entidad beneficiaria (empresa).
Concurrencia competitiva con plazos determinados de presentación.
Apertura: 20 de junio de 2024.
Cierre: 17 de julio de 2024 a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
Cerrada.
Subvención.
40.000.000 euros.
La convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 28.50.46QF.74946 de los Presupuestos Generales del Estado de 2023.
Subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% gran empresa, 75% mediana empresa y 80% pequeña empresa.
La cuantía de la ayuda se determinará en función del coste financiable real del proyecto, del tamaño y tipo de beneficiario, desarrollo del proyecto en regiones asistidas y de las disponibilidades presupuestarias respetando, en todo caso, los umbrales máximos de ayuda y los límites de intensidad previstos en la normativa aplicable.
Las actuaciones financiables de la participación española deberán tener el carácter de investigación industrial y/o desarrollo experimental.
Presupuesto elegible mínimo: 175.000 euros.
Duración: los proyectos serán plurianuales y finalizarán el 31 de diciembre de 2026. Parte de los mismos deberá realizarse en el año 2024 por lo que, en todo caso, se deberá solicitar ayuda para 2024.
Las empresas recibirán un anticipo del 100% de la ayuda en el momento de la concesión, sin necesidad de garantías.
Estas ayudas están incluidas en las actuaciones e inversiones contempladas en el Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que recibirá financiación de los fondos "Next Generation EU", entre ellos, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.
No serán objeto de ayuda aquellas actuaciones que, directa o indirectamente ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente ("principio DNSH", por sus siglas en inglés), de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles.
Sólo podrán seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación medioambiental nacional y europea pertinente.
Fondos de la Adenda del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sí, una vez concedida la ayuda.
- Las empresas españolas pueden colaborar con entidades extranjeras que desarrollen su actividad de I+D dentro del proyecto en los siguientes países:
Albania, Alemania, Arabia Saudí, Argelia, Argentina, Australia, Austria, Bangladesh, Bélgica, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Cabo Verde, Canadá, Camboya, Colombia, Corea del Sur, Costa de Marfil, Costa Rica, Croacia, Cuba, Chile, China, Chipre, República Checa, República Dominicana, Dinamarca, Ecuador, EEUU, Egipto, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Filipinas, Finlandia, Francia, Ghana, Grecia, Guatemala, Holanda, Honduras, Hungría, India, Indonesia, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Jordania, Kuwait, Laos, Letonia, Líbano, Lituania, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Malasia, Malta, Marruecos, Mauritania, México, Mónaco, Montenegro, Myanmar, Nicaragua, Noruega, Omán, Panamá ,Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido, Rumania, San Marino, Senegal, Serbia, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Taiwán, Tailandia, Túnez, Turquía, Uruguay, Venezuela, Vietnam.
- Será preciso presentar un acuerdo de consorcio firmado y sellado por todos los participantes del proyecto de I+D de cooperación tecnológica internacional, con el contenido mínimo establecido en el anexo I de la convocatoria.
Se admiten los siguientes costes directos de ejecución:
- Costes de personal
- Costes de instrumental y material inventariable
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales que se deriven directamente del proyecto.
- Gastos de los viajes que se deriven directamente del proyecto, hasta un límite de 10.000 euros.
- Gasto derivado del informe de auditor, inscrito en el ROAC, de hasta 2.500 euros.
Costes indirectos: se calcularán mediante la aplicación de un porcentaje del 20% sobre los costes directos totales subvencionables.
Subcontratación: podrá alcanzar hasta un máximo del 70% del presupuesto financiable de cada beneficiario.
No se podrá subcontratar a la entidad extranjera participante en el proyecto de cooperación internacional.
En caso de subcontratación, la entidad beneficiaria de la ayuda habrá de prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplen con el principio DNSH.
La evaluación de las solicitudes presentadas se realizará de conformidad con los criterios de evaluación previstos en el artículo 21.1 letra b de la Orden CNU 462/2024, de 10 de mayo.
Las ayudas deberán tener efecto incentivador, de modo que antes de comenzar a trabajar en el proyecto, la entidad beneficiaria ha de haber presentado una solicitud de ayuda a la presente convocatoria.
Las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria serán incompatibles con cualquier otra ayuda, previa o posterior a la concedida, cuyo objeto tenga la misma finalidad.
Las ayudas que se regulan en esta convocatoria se regirán, además de por lo dispuesto en la misma y en la respectiva resolución de concesión, por cuantas normas vigentes resulten de aplicación y, en particular, por lo previsto en el artículo 36 de la Orden CNU/462/2024, de 10 de mayo.
Orden de bases
Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas destinadas al apoyo de la cooperación tecnológica internacional en el ámbito de la salud ("Proyectos Multi-país").
Documentación convocatorias
Orden por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos "Multi-país" vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tramitación de convocatorias
Fecha de publicación: 2 de septiembre de 2024
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 11 de junio de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos “Multi-país” vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente y de la documentación aportada, el órgano instructor ha formulado el requerimiento de subsanación de errores disponible en esta página.
Los solicitantes podrán consultar el detalle del requerimiento accediendo a su expediente a través de la sede electrónica del CDTI.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento para subsanar las deficiencias detectadas, debiendo aportar la documentación solicitada a través de la sede electrónica.
Fecha de publicación: 24 de septiembre de 2024.
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 11 de junio de 2024 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos “Multi-país” vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente y de la documentación aportada, el órgano concedente ha formulado el requerimiento de presentación de documentación adicional en esta página.
Los solicitantes disponen de un plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este requerimiento para aportar la documentación solicitada a través de la sede electrónica.
Fecha de publicación: 14 de octubre de 2024
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 11 de junio de 2024 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos “Multipais” vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente, por parte del órgano concedente se ha adoptado la resolución definitiva de desistimiento e inadmisión de las solicitudes que figuran en dicha resolución.
Los solicitantes podrán consultar la resolución, así como cualquier otro documento incorporado al expediente accediendo al mismo a través de la sede electrónica de CDTI.
Fecha de publicación: 14 de octubre de 2024
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 11 de junio de 2024 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos “Multipais” vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia , en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia , la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente, el órgano instructor ha formulado la propuesta de resolución provisional de solicitudes excluidas por no cumplir los requisitos para acceder a la condición de beneficiario disponible en esta página.
Los solicitantes disponen de un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta propuesta de resolución, para formular alegaciones a través de la sede electrónica.
Fecha de publicación: 14 de noviembre 2024.
Al amparo de lo previsto en la Resolución de 11 de junio de 2024 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos “Multipais” vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la notificación de los distintos actos del procedimiento se realizará mediante publicación en la página web del CDTI, surtiendo todos los efectos de notificación practicada.
A la vista del expediente, por parte del órgano concedente se ha adoptado la resolución definitiva de exclusión de las solicitudes que figuran en dicha resolución. Los solicitantes podrán consultar el detalle accediendo al mismo a través de la sede electrónica del CDTI.