Ficha resumen de la ayuda

Actuación

Proyectos FEDER Interconecta 2018

Objetivo general de la actuación

Apoyo a proyectos de desarrollo experimental en la modalidad de cooperación entre empresas.
 

Beneficiarios

Agrupaciones de empresas.

Las agrupaciones deberán estar constituidas, como mínimo, por dos empresas autónomas entre sí, de las cuales al menos una de ellas ha de ser grande o mediana y otra ha de ser PYME.

El número máximo de empresas integrantes de la agrupación será de seis.

Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva con plazos de presentación.
Plazo de presentación

Del 3 de mayo de 2018 al 5 de junio de 2018 a las 12:00 horas, hora peninsular.
 

Estado de la convocatoria

Cerrada

Tipo de la ayuda

Subvención

Características de la ayuda

Ayudas a fondo perdido.

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias, respetando los límites de intensidad de ayuda establecidos en el artículo 40 de la Orden de bases reguladoras.

Concretamente, para las pequeñas empresas, la intensidad de ayuda máxima será del 60%; para las medianas empresas, del 50%, y para las grandes empresas, del 40%.

Características del proyecto

Sólo se apoyarán proyectos cuyo desarrollo se realice en alguna de las siguientes CCAA: Andalucía, Castilla y León, Castilla La Mancha, Canarias, Extremadura y Murcia

Presupuesto mínimo financiable: 1.000.000 euros.

Presupuesto máximo financiable: 4.000.000 euros.

Proyectos plurianuales con una duración de 2 o 3 años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2019 o el 31 de diciembre de 2020, respectivamente.

Puede incluir fondos de terceros

Sí, de FEDER

Permite generar informes motivados

Objetivos específicos

Los proyectos presentados deberás estar alineados a una de las siguientes temáticas establecidas en los Retos Sociales:

a) Salud, cambio demográfico y bienestar.

b) Seguridad y calidad alimentarias; actividad agraria productiva y sostenible, recursos naturales, investigación marina y marítima.

c) Energía, segura, eficiente y limpia.

d) Transporte inteligente, sostenible e integrado.

e) Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas.

f) Cambios e innovaciones sociales.

g) Economía y sociedad digital.

h) Seguridad, protección y defensa.

Gastos elegibles

Son elegibles los gastos de personal; costes de instrumental y material; costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas a precios de mercado y el gasto del informe de auditor. Todos los gastos financiados se han de destinar en exclusiva o derivar directamente de la actividad de I+D apoyada.

Efecto incentivador

La ayuda deberá tener un efecto incentivador en la actividad objeto de la ayuda, es decir, debe cambiar el comportamiento de la empresa de tal manera que ésta emprenda actividades complementarias que no realizaría, o que, sin la ayuda, realizaría de una manera limitada o diferente. Se considera que existe efecto incentivador si la solicitud se presenta antes del comienzo del proyecto, con el contenido mínimo especificado en el artículo 17.2 de la Orden de bases reguladoras. La fecha de inicio del proyecto presentado no debe entenderse meramente como una fecha a partir de la cual se pueden imputar gastos, sino realmente como la fecha de comienzo de las actividades del proyecto.

Orden de bases

Documentación convocatorias

Tramitación de convocatorias

  • Confinanciación FEDER

    Estos proyectos se cofinancian con fondos europeos procedentes del Programa Operativo Pluri-regional de España (POPE), puede consultar toda la información relativa a las obligaciones contraídas por recibir esta cofinanciación cofinanciación FEDER