El principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH) FEDER 2021-2027

El Pacto Verde Europeo o Green Deal es el gran compromiso de la Unión Europea (UE) con la salud del planeta, la lucha contra el cambio climático y el objetivo estratégico de convertirla en la primera zona geográfica climáticamente neutra para 2050.

Con este paquete de iniciativas políticas, se sientan las bases para la transformación de la UE en una sociedad equitativa y próspera, con una economía moderna y competitiva, preparada para los retos del futuro.

Desde el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (CDTI), se construirá ese futuro sostenible a través de las iniciativas de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) presentadas por las PYMES, MIDCAPS y grandes empresas de nuestro país.

 

 

niña leyendo

De acuerdo con los objetivos del Pacto Verde Europeo, las inversiones en I+D+i en la UE deberán ser sostenibles medioambientalmente, por lo que en junio de 2020 se asentaron, a través del Reglamento (UE) 2020/852 (Reglamento de Taxonomía), las bases para determinar si una actividad económica cumpliría el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente ("Do not significant harm" o DNSH, por sus siglas en inglés).

Todas las actuaciones que se ejecuten con cofinanciación FEDER 2021-2027, deberán cumplir los 6 objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del mencionado reglamento:

  1. Mitigación del cambio climático
  2. Adaptación al cambio climático
  3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos
  4. Economía circular
  5. Prevención y control de la contaminación
  6. Protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas

 

    ¿Qué deben aportar las entidades solicitantes para acreditar el cumplimiento del DNSH?

    Las entidades que soliciten financiación CDTI y que sean propuestas para recibir cofinanciación FEDER 2021-2027 deberán presentar un Dictamen de Validación emitido por una entidad acreditada por ENAC o entidad acreditada por otro estado miembro de la Unión Europea, así como una Autoevaluación emitida por la propia entidad solicitante de la ayuda (en el caso de proyectos consorciados, únicamente el líder deberá presentar un único dictamen de validación que englobe la totalidad de las actividades del proyecto). Adicionalmente, las entidades también tendrán que aportar el Informe de Validación emitido por la misma entidad encarga de la certificación de la Autoevaluación.

    Toda esta documentación, deberá seguir los criterios establecidos en el Esquema de Acreditación de organismos de verificación y validación para el cumplimiento del principio de “no causar un perjuicio significativo al medioambiente” (DNSH)

     

    Plazos de Presentación del DNSH en FEDER 

    Los beneficiarios de las ayudas FEDER 2021-2027 dispondrán de un plazo máximo tres meses desde la notificación de la aprobación de la ayuda, por parte del Consejo de Administración del CDTI, para presentar la documentación que acredite el cumplimiento del DNSH en su proyecto y a lo largo de todo su ciclo de vida.

    Adicionalmente, se podrá solicitar un mes prórroga, a través de la sede electrónica, únicamente para causas debidamente justificadas.

    * NOTA: Por resolución acordada por el Director General del CDTI, se ha establecido el mes de agosto 2024 como inhábil a efectos del cómputo de los plazos establecidos para la presentación de la documentación del DNSH en FEDER 2021-2027.

    En el siguiente enlace podrás ver un vídeo resumen con los plazos de presentación del DNSH en FEDER 2021-2027: 

    Plazos de Presentación del DNSH en FEDER 2021-2027 

     

    ¿Cómo autoevaluar el principio DNSH?

    La autoevaluación del cumplimiento del principio DNSH la realizan las entidades solicitantes de la ayuda y en ella, deberán identificar todos los impactos directos e indirectos que la actuación presenta, a lo largo del ciclo de vida del proyecto, sobre cada uno de los 6 objetivos medioambientales.

    La metodología de autoevaluación seguirá las siguientes directrices y recomendaciones:

     

    Compromiso de cumplimiento del principio DNSH

    Tanto la entidad o entidades que participan directamente en la actuación, y que son beneficiarias directas de los instrumentos financieros habilitados para la financiación de las actuaciones englobadas en FEDER 2021-2027, como los proveedores o prestadores de servicios con los que cuenten para ejecutar la actuación, deberán cumplir en todo momento el principio DNSH.

     

    Preguntas Frecuentes- FAQs

    Las dudas o preguntas relativas al principio DNSH en los proyectos susceptibles de recibir fondos FEDER 2021-2027 deberán enviarse a la dirección de correo electrónico: gpp_feder_itc@cdti.es

    Image
    Feder verde
    Image
    fondos europeos
    Departamento de Gestión de Fondos Internacionales

    Contacto: gpp_feder_itc@cdti.es

     
      Enlaces Externos Relacionados: